Cuando se produce una separación, divorcio o se establecen unas medidas paternofiliales, siempre se debe determinar cuáles son los gastos que tiene que afrontar cada progenitor en relación con los menores. Prácticamente en cualquier sentencia o convenio regulador en materia de familia vienen establecidos dichos gastos con mayor o menor detalle.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha tenido ocasión de pronunciarse sobre una situación concreta que suele darse con bastante frecuencia: nos encontramos ante dos progenitores que residen en localidades distintas. Teniendo esa base, la custodia compartida está descartada ya que, a pesar de ser el tipo de custodia mayoritaria, uno de los requisitos que siempre se ha exigido por la jurisprudencia es la cercanía entre los domicilios de los progenitores.