Derecho y nuevas tecnologías: ¿Realmente pueden ir de la mano?

En este caso, me propongo hacer una breve reflexión acerca de la relación que existe y que va a desarrollarse entre el Derecho y las Nuevas Tecnologías, dando lugar, entre otros conceptos, a la definición de Derechos Digitales, lo cual a día de hoy puede resultarnos una idea bastante extraña.

Sin embargo, debemos de tener en cuenta que nos encontramos cada día ante un nuevo avance en lo que ya se ha denominado como la "cuarta revolución industrial" y que todos los profesionales debemos estar con la mirada fijada en el futuro y en las oportunidades y los retos que nos proporcionan las nuevas tecnologías, sobre todo en una materia como son los derechos de los ciudadanos.

Las relaciones digitales con repercusión en el ámbito del Derecho podemos encontrarlas en varias vertientes; en este caso, voy a centrarme principalmente en dos: las relaciones comerciales y las relaciones "personales".

- En primer lugar, las compras digitales que se realizan online han dado lugar que el legislador haya tenido que ir modificando las normativas existentes en materia de protección de los consumidores a fin de que estos puedan verse amparados por los mismos derechos actuando por vía digital que si lo hicieran en un comercio convencional u "offline". De esta forma se han ido ampliando y regulando cada vez con mayor solidez la protección de datos cuando realizamos cualquier pago a través de páginas webs y la seguridad jurídica a la hora de poder formular reclamaciones y realizar devoluciones si el consumidor no se encuentra satisfecho con la compra realizada.

- En segundo lugar, lo he denominado como relaciones "personales" a la utilización de redes sociales en las que cada vez mayor número de ciudadanos publica fotografías que afectan directamente a su intimidad o a su imagen personal, formulan un comentario y manifiestan su opinión acerca de un tema controvertido y/o de actualidad. Aquí entran el juego directamente los derechos fundamentales que la propia Constitución reconoce a todos los ciudadanos: derechos a la propia imagen, derechos a la intimidad, derecho a la libertad... Es necesario que el legislador en este caso vaya, no al día, sino unos pasos hacia adelante y empiece a regular estas materias dentro del ámbito digital, de tal forma que el uso que se realice de estas plataformas sea seguro y respetuoso con los derechos humanos. De esta forma, estos Derechos Digitales puedan verse amparados por una normativa aplicable directamente a esta materia y que regule de forma global una práctica que está presente en el día a día de todos los ciudadanos.

No puedo olvidar en esta pequeña reflexión la utilización de las herramientas digitales que los propios profesionales del Derecho podemos utilizar para incorporarnos a los los cambios que se están produciendo en nuestro entorno y en nuestros clientes. De esta forma acudiremos a la ayuda de la tecnología para ser más eficientes y poder conceder mejores servicios a una sociedad cada vez más digitalizada y actualizada en los avances informáticos que se suceden y van a suceder en los próximos años.

Marín Martín Abogados en Plasencia les ofrece personalizada en los servicios e intereses de sus clientes.

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