La modificación de medidas en el Derecho de Familia: cuándo y cómo actualizar una sentencia de divorcio

Las resoluciones judiciales dictadas en procesos de divorcio, separación o regulación de medidas sobre menores no son definitivas ni inamovibles. La evolución de las circunstancias personales, laborales o patrimoniales de cualquiera de los progenitores, así como el propio crecimiento de los hijos, hace que con el tiempo un convenio regulador o una sentencia quede desfasado respecto a la realidad actual.

Para solucionar estos desajustes, el ordenamiento jurídico prevé el procedimiento de modificación de medidas. Pero para que un juzgado admita y estime la modificación de un convenio o sentencia, no basta con el mero deseo de una de las partes o el paso del tiempo. La ley exige acreditar de forma rigurosa la existencia de una alteración relevante respecto al escenario que se tuvo en cuenta en la resolución originaria.

A través de este cauce procesal es posible instar la revisión de los aspectos clave del pronunciamiento judicial como son la custodia y régimen de visitas; la pensión de alimentos o la atribución del uso de la vivienda familiar.

El criterio de los juzgados ante las demandas de modificación de medidas es estricto. Presentar un procedimiento sin la fundamentación documental adecuada o sin una estrategia procesal sólida suele derivar en la desestimación de la pretensión.

Determinar el momento idóneo para interponer la demanda y seleccionar el soporte probatorio correcto requiere una valoración técnica exhaustiva de cada expediente.

Si la sentencia o el convenio regulador que rige su situación familiar ha dejado de adaptarse a su realidad actual, resulta imprescindible evaluar la viabilidad de su caso antes de iniciar cualquier actuación judicial.

Solicite una consulta previa en nuestro despacho para analizar su expediente y coordinar la estrategia legal idónea para la defensa de sus derechos y los de sus hijos.

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